En la diócesis de Pesqueira, en Pernambuco (Brasil), se celebró el
día 20 de agosto una “Misa Conmemorativa Masónica”. Con ella, se
pretendía conmemorar el Día del Masón. La Misa fue celebrada
por el P. Geraldo de Magela Silva, sacerdote diocesano de dicha diócesis
y párroco de la Parroquia de Nossa Senhora da Conceição, en la que se
celebró la Misa.
A la celebración asistieron numerosos masones, vestidos con las insignias y el mandil propios de su logia.
La escuadra y el compás, símbolos de la masonería, fueron colocados
sobre el altar durante la celebración. Como muestran la fotos colgadas
en Facebook por Maçonaria Notícias, diversos masones acudieron incluso a comulgar, en incumplimiento frontal de la normativa de la Iglesia.
Según el blog Fratres in Unum, Mons. José Luiz Ferreira
Salles, el obispo diocesano del que depende el P. Geraldo, se encontraba
de viaje cuando se celebró la Misa. Monseñor Ferreira Salles es
religioso redentorista y fue nombrado en febrero de este mismo año como
obispo titular de la diócesis de Pesqueira.
No es la primera vez que en Brasil se producen actos que mezclan el catolicismo y la masonería.
En abril de este mismo año, Monseñor Luiz Demétrio Valentini, obispo de
Jales (Brasil), pronunció una conferencia en la logia masónica Coronel
Balthazar, con motivo del 53º aniversario de la misma. En el curso de
la conferencia, el obispo recibió honores masónicos y afirmó que hay
ahora un ambiente favorable a un acercamiento entre el catolicismo y la
masonería. La propia página Maçonaria Noticias incluye a menudo noticias religiosas, intentando dar una imagen de compatibilidad entre fe católica y masonería.
La posición de la Iglesia, sin embargo, está muy clara. La
pertenencia a la masonería ha sido condenada de forma constante por la
Iglesia, por ejemplo en los documentos y encíclicas In Eminenti de Gregorio XII (1738), Providas de Benedicto XIV, Ecclesiam a Jesu Christo de Pío VII, Quo Graviora de León XII, Traditi Humilitati de Pío VIII, Mirari Vos de Gregorio XVI, Qui Pluribus de Pío IX o Humanum Genus, Dall'alto dell'Apostolico Seggio, Inimica Vos y Custodi Di Quella Fede de León XIII. El antiguo Código de Derecho Canónico, en el Canon 2335,
establecía: “Las personas que entran en asociaciones de la secta
masónica o cualquier otra del mismo tipo que conspire contra la Iglesia y
la autoridad civil legítima, contraen excomunión simple reservada a la
Sede Apostólica”.
El Código de Derecho Canónico de 1983 eliminó la referencia explícita a la masonería
que incluía el Código anterior, de 1917. Sin embargo, la Congregación
para la Doctrina de la Fe, siendo Benedicto XVI, entonces Cardenal
Ratzinger, su Prefecto, emitió el 26 de noviembre del mismo año, día de
entrada en vigor del nuevo código, una Declaración respondiendo a consultas sobre este punto.
En ella afirmó que la condena de la pertenencia a asociaciones
masónicas por parte de la Iglesia no había cambiado, de manera que la
modificación era puramente redaccional: “Por tanto, no ha cambiado el
juicio negativo de la Iglesia respecto de las asociaciones masónicas”.
Este juicio negativo tiene una motivación doctrinal, ya que los principios de la masonería “siempre han sido considerados inconciliables con la doctrina de la Iglesia”.
Como consecuencia de esta incompatibilidad entre la doctrina católica y
los principios masónicos, la afiliación a logias masónicas “sigue
prohibida por la Iglesia. Los fieles que pertenezcan a
asociaciones masónicas se hallan en estado de pecado grave y no pueden
acercarse a la santa comunión”.
En muchos casos a lo largo de la historia, los clérigos favorables a
la masonería o incluso miembros de la misma se han justificado diciendo
que al menos algunas ramas o logias de la misma no eran contrarias a la
doctrina católica, sino perfectamente compatibles con ella. Para evitar
que sacerdotes o incluso obispos intentasen justificarse de esta forma,
la Congregación para la Doctrina de la Fe dejó muy claro que ninguna autoridad local puede afirmar la compatibilidad de la masonería y la fe católica:
“No entra en la competencia de las autoridades eclesiásticas locales
pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas con un
juicio que implique derogación de cuanto se ha establecido más arriba”.